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REPARACIÓN DEL DAÑO DEBE TUTELARSE A FAVOR DE LOS GOBERNADOS



REPARACIÓN DEL DAÑO DEBE TUTELARSE A FAVOR DE LOS GOBERNADOS


El derecho a la reparación integral o justa indemnización debe tutelarse en favor de los gobernados y no restringirse en forma innecesaria, determinó la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al emitir la tesis aislada CXCV/2012. Lo anterior, al resolver el Amparo Directo en revisión 1068/2011 por unanimidad, bajo la ponencia de Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien señaló que con lo anterior se atiende a los criterios que ha emitido la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). Estableció que el derecho a la reparación integral permite, en la medida de lo posible, anular las consecuencias del acto ilícito y restablecer la situación que con toda probabilidad debió existir si el acto no se hubiese cometido. La resolución de la SCJN explica que de no ser posible lo anterior, es procedente el pago de una indemnización justa, como medida resarcitoria por los daños ocasionados, lo cual de ninguna manera debe implicar una ganancia a la víctima, sino un resarcimiento adecuado. Agregó que el Derecho moderno mira a la naturaleza y la extensión del daño a las víctimas y no a los victimarios y el daño causado es el que determina la indemnización. En este caso, la naturaleza y monto dependen del daño ocasionado, de manera que las reparaciones no pueden implicar ni enriquecimiento ni empobrecimiento para la víctima o sus sucesores.
Crónica, con información de Notimex

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