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APROBADA EN EL SENADO LEY DE AMPARO



APROBADA EN EL SENADO LEY DE AMPARO


Luego de más de dos años de discusión, el Senado aprobó por unanimidad la nueva Ley de Amparo. La reforma fue avalada por 101 votos de todos los grupos parlamentarios y se turnó al Ejecutivo para su publicación. Con la reforma se pretende poner un alto a los abusos de los concesionarios de bienes públicos, que han utilizado la figura de la suspensión para alargar los litigios y continuar con sus operaciones al margen de la ley. De acuerdo con los cambios, los concesionarios de los sectores de telecomunicaciones, energéticos y minas, entre otros, no podrán reclamar la suspensión de un acto de la autoridad si ésta considera que con ello se afecta el interés social, como quedó establecido en la nueva redacción del artículo 129 de la Ley de Amparo. Tampoco procede la suspensión para el funcionamiento de establecimientos de juegos con apuestas o sorteos. Con la reforma, el amparo procederá en contra de cualquier norma, acto u omisión de autoridad que viole derechos humanos o garantías. Además, se puede promover por derecho subjetivo o individual y puede proceder de manera indirecta y colectiva. Los cambios permiten que el amparo aplique contra acciones de particulares que tienen calidad de autoridad responsable, e incrementa los plazos para la promoción del mismo de 15 a 30 días. La nueva ley establece la firma electrónica para notificaciones, especifica casos de improcedencia y sobreseimiento, incluye la declaratoria general de inconstitucionalidad y regula el llamado "amparo adhesivo". Cuando justifique su urgencia, el Poder Judicial dará resolución prioritaria a amparos del Congreso o el Ejecutivo. La reforma reduce de 5 a 3 el número de sentencias en el mismo sentido para jurisprudencia. Una vez que entre en vigor, la PGR puede solicitar a la Corte la atracción de un amparo directo.
Con información de Reforma

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